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AYUDAS 2021
La Generalitat ofrece distintas clases de ayudas bajo el nombre “PlanResistir”.
Dentro del “Plan Resistir” encontramos las siguientes subvenciones:
1. Línea Paréntesis Órgano gestor: Ayuntamientos de cada localidad.
2. Fomento Ocupación Órgano gestor: Generalitat Valenciana
3. Línea Horteca Órgano gestor: Instituto Valenciano de Finanzas y Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana.
4. Ayudas Ertes Órgano gestor: Se gestionan automáticamente.
OTRO TIPO DE AYUDAS
1. Prestaciones de cede de actividad Órgano gestor: Mutuas.
2. Avalem Comerç Órgano gestor: Generalitat Valenciana.
1. LÍNEA PARÉNTESIS
Estas ayudas están destinadas a los municipios de la Comunitat Valenciana para acometer actuaciones encaminadas a paliar las consecuencias de la pandemia sobre los sectores productivos de los citados sectores de actividad en los CNAE que podrás consultar a continuación.
Órgano gestor: Corresponde la tramitación y la gestión del Plan Resistir al departamento competente en materia de Administración Local.
El objetivo de los ayuntamientos es establecer un régimen de ayudas que cumplan las siguientes condiciones:
1. Ir dirigidas directamente a trabajadores autónomos y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras, de las actividades enumeradas en el CNAE que se adjunta a continuación.
2. Distribuir las ayudas entre personas trabajadoras autónomas y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras de los sectores indicados, con los mismos criterios de distribución previstos en el artículo 5 del presente decreto ley.
3. Las ayudas deben ir dirigidas a cubrir gastos corrientes de la actividad realizada por los autónomos y las microem- presas con un máximo de 10 personas trabajadoras. Estos gastos podrán haberse realizado desde abril de 2020 y tendrán que ser justificados por las personas trabajadoras autónomas y las microempresas.
La participación en el presente Plan será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones.
Código CNAE a los que se dirigen las ayudas (Anexo I)
4781 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos
4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos
4789 Comercio al por menor de otros productos y en mercadillos
5510 Hoteles y alojamientos
5520 Alojamientos turísticos y otros
5530 Campings y aparcamientos de caravanas
5590 Otros alojamientos
5610 Restaurantes y puestos de comida
5621 Provisión de comidas preparadas para eventos
5629 Otros servicios de comidas
5630 Establecimientos de bebidas
5914 Actividades de exhibición cinematográfica
7911 Actividades de agencias de viajes
7912 Actividades de los operadores turísticos
7990 Otros servicios de reservas
8230 Organización de convenciones y ferias
9001 Artes escénicas
9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas
9003 Creación artística y literaria
9004 Gestión de salas de espectáculos
9102 Actividades de museos
9103 Gestión de lugares y edificios históricos
9311 Gestión de instalaciones deportivas
9312 Actividades de los clubes deportivos
9313 Actividades de los gimnasios
9319 Otras actividades deportivas
9321 Actividades de los parques de atracciones
9329 Otras actividades recreativas y entretenimiento
*BASES DEL AYUNTAMIENTO DE GANDIA
Plazo: Del 8 de febrero al 12 de marzo
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Son beneficiarios finales de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que reúnan la condición de autónomos o microempresas en el momento de la solicitud, y que lleven a cabo alguna de las actividades incluidas en el listado del Código CNAE anterior (Anexo I)siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo/a o una microempresa que no tengan más de 10 trabajadores/as en su plantilla a fecha 31 de diciembre de 2020.
Que figuren de alta en la matrícula municipal del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de este municipio.
Que figuren en el listado de exentos del IAE de este municipio por aplicación de los requisitos legales vigentes para ello siempre que figuren de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el caso de que la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Gandia habilite la exención del cumplimiento de los requisitos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, estos requisitos no se exigirán en la presente convocatoria.
¿Cuánto?
- Una cantidad fija de 2.000€ por cada autónomo o microempresa con un máximo de 10 trabajadores.
- Una cantidad fija de 200€ por trabajador afiliado a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y autónomos
En ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe justificado por los beneficiarios.
2. FOMENTO OCUPACIÓN
El Consell establece medidas económicas extraordinarias dirigidas a personas trabajadoras, empresas y personas autónomas para paliar la crisis derivada de la pandemia y prevé tres tipos de ayudas directas de naturaleza urgente y extraordinaria, entre ellas las dirigidas a empresas y personas trabajadoras autónomas incluidas en los CNAE-09 de los citados sectores de actividad.
Beneficiarias, requisitos y cuantías
Las empresas y trabajadores autónomos que, a 29 de enero de 2021, dispongan de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta en el ámbito de la Comunitat Valenciana y cuya actividad económica se clasifique en alguno de los códigos de la CNAE-09.
La cuantía de la ayuda ascenderá a 600 euros por cada contrato a jornada completa y 300 euros por cada contrato a jornada parcial (con el límite de 12.000 euros por código de cuenta de cotización).
Los trabajadores autónomos que desarrollan en la Comunitat Valenciana una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la CNAE-09. La cuantía de la ayuda ascenderá a 600 euros.
El plazo se iniciará a las 09.00 horas del 4 de febrero de 2021 y finalizará a las 23.59 horas del 17 de febrero de 2021.
CNAE-09 a los que se dirigen las ayudas
5510 Hoteles y alojamientos similares
5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia 5530 Campings y aparcamientos para caravanas
5590 Otros alojamientos
5610 Restaurantes y puestos de comidas
5621 Provisión de comidas preparadas para eventos
5629 Otros servicios de comidas
5630 Establecimientos de bebidas
5914 Actividades de exhibición cinematográfica
7911 Actividades de las agencias de viajes
7912 Actividades de los operadores turísticos
7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
8230 Organización de convenciones y ferias de muestras
9001 Artes escénicas
9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas
9003 Creación artística y literaria
9004 Gestión de salas de espectáculos
9102. Actividades de museos
9103. Gestión de lugares y edificios históricos
9311 Gestión de instalaciones deportivas
9312 Actividades de los clubes deportivos
9313 Actividades de los gimnasios
9319 Otras actividades deportivas
9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos 9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento
9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento
3. LÍNEA HORTECA
PRÉSTAMOS BONIFICADOS
IVF INSTITUTO VALENCIANO DE FINANZAS
Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta convocatoria deben tener por finalidad:
- La ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos.
- La contratación de ano de obra y servicios ligados al ciclo de la explotación, así como la adquisición de elementos patrimoniales de capital circulante, incluyendo, entre otros, mercaderías, y materias primas.
- El aplazamiento de cuotas de capital de intereses de préstamos otorgados por el IVF con vencimiento desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2021. (Se amplía el plazo)
Plazo: Desde el 21 de enero hasta el 15 de junio o fin de presupuesto.
CEV- CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y mejora del modelo productivo.
Programa de ayudas
- Valoración y tranferencia de resultados de investigación a las empresas
- Promoción del talento
- Impulso a la compra pública innovadora (CPI)
- Proyectos estratégicos en cooperación.
- Consolidación de la cadena de valor empresarial
- Acciones complementarias de impulso y fortalecimiento de la innovación.
El plazo de la presentación de solicitudes finaliza el 18 de febrero de 2021.
4. AYUDAS ERTES
Los beneficiarios de estas ayudas son los trabajadores en ERTE.
Esta ayuda se gestiona automáticamente y se concederá 150€ a los trabajadores en ERTE en enero o febrero y 300€ a las personas que estén bajo estas circunstancias laborales los dos meses.
OTRO TIPO DE AYUDAS
1. PRESTACIONES DE CESE DE ACTIVIDAD: AYUDAS GESTIONADAS POR LAS MUTUAS
Este cuadro resume perfectamente quien puede optar a estas subvenciones y las condiciones de la misma.
Fuente: Umivale
2. AVALEM COMERÇ
Órgano gestor: Generalitat Valenciana
¿Qué se puede solicitar?
Ayudas AVALEM COMERÇ a la pyme comercial para el ejercicio 2021. Comercio.
Se considerarán subvencionables las inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y los gastos derivados de la creación de una página web, vinculada al establecimiento, si su fin es implantar la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico
¿Quién puede solicitarlo?
Actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades, según:
– CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
– IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6
Agrupaciones:
Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655
Cuantía de las ayudas
La subvención podrá alcanzar el 60% con el límite, por solicitante, de 20.000 euros en 3 años.
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